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XVI Premio de poesía para niños 'El príncipe preguntón 2023'


1. Objeto y régimen jurídico

1.1.- Objeto

La Diputación de Granada convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la XVI edición del Premio de Poesía el Príncipe Preguntón, con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación literaria y fomentar la lectura entre los niños.

1.2.- (...)

 

2. Requisitos subjetivos. Destinatarios

Podrán optar al premio cualquier persona física, de nacionalidad española, en el momento en que se cierre el plazo de admisión de solicitudes de la presente convocatoria, haya cumplido 18

años, salvo los ganadores de anteriores convocatorias.

 

3. Requisitos objetivos 

Cada aspirante podrá concurrir exclusivamente con un único original escrito en español, inédito y no premiado, de poesía para niños, con una extensión mínima de 500 versos y máxima de

700 versos.

 

4. Premio

A la presente convocatoria se destinará un importe total de 3.000,00 €, que serán imputados a la aplicación presupuestaria 211.33411.48000 del Presupuesto de la Diputación de Granada.

Al premio le será aplicada la retención fiscal que corresponda según la legislación vigente en ese momento.

La cuantía económica de este premio es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que pudieran serle concedidos al beneficiario después de la concesión de este premio.

5. Formalización y plazo de presentación de solicitudes

Los aspirantes que reúnan el requisito exigido en el punto 2 de esta convocatoria presentarán su solicitud en el apartado Presentación de Escritos del Registro de la Sede Electrónica de la Diputación de Granad (https://sede.dipgra.es/opencms/opencms/sede), indicando que solicitan participar en la convocatoria del XVI Edición del Premio de Poesía para niños el Príncipe Preguntón de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de su presentación por los restantes medios contemplados en el art. 16.4 de la citada Ley.

El plazo de presentación comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOP, y finalizará a los noventa (90) días naturales. No se admitirán solicitudes presentadas fuera de este plazo.

A cada solicitud de participación habrá que adjuntar los siguientes documentos en formato pdf:

-Nota bio-bibliográfica autor/a.
-Copia del DNI
-Original de la obra en formato PDF con permisos de impresión habilitados. El nombre del fichero que contenga la obra llevará por título el de ésta. La obra no llevará el nombre del autor en la cubierta, solamente el título.

La presente convocatoria, junto con su anexo, está disponible en la Sede Electrónica de la Diputación de Granada, en https://www.dipgra.es/seccion/cultura/ y en http://www.publicacionesdiputaciongranada.es/. También podrá consultarse en la Web de la BDNS del Ministerio de Hacienda

 

6. Jurado y criterios de valoración 

El Jurado del premio estará formado cinco miembros, siendo siempre uno de ellos el ganador de la edición anterior. Uno de los miembros del jurado que tenga la condición de funcionario/a de la Diputación actuará como Secretario del Jurado. Se dictará Resolución de la Presidencia sobre la composición final de los miembros del Jurado, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.

(...)

Como criterios de valoración se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Calidad de la composición literaria del poemario
b) Coherencia y unidad de conjunto
c) Carácter innovador y originalidad del tema y su tratamiento

 

7. Instrucción, fallo del jurado y resolución

7.1 Revisión de la documentación administrativa y técnica. La Delegación de Presidencia, Cultura y Memoria Histórica y Democrática verificará que los aspirantes cumplen los requisitos necesarios. En todo caso esta fase sólo podrá afectar a aquellos requisitos que sean de apreciación automática y cuya concurrencia no requiera de ninguna valoración. En el caso de que la documentación aportada por el solicitante sea incompleta o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que, en el plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de recepción del requerimiento, se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

7.2 La evaluación será llevada a cabo por el Jurado a que hace referencia el apartado 5 de esta convocatoria, el cual emitirá un informe (fallo) en el que se concretará el resultado de la evaluación.

7.3 Resolución. La Diputada de Delegada de Presidencia, Cultura y Memoria Histórica y Democrática formulará la propuesta de resolución en la que se expresará el/la aspirante seleccionado/a. La resolución del Sr. Presidente, con la asistencia de la Junta de Gobierno, que se dicte, será motivada teniendo en cuenta los criterios establecidos en el apartado 6 de esta convocatoria, haciendo alusión al contenido del fallo del jurado. La resolución de concesión del premio pone fin a la vía administrativa.

 

8. Adjudicación y pago del premio

La resolución será publicada en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Diputación y se notificará de conformidad con lo previsto en los artículos 40 al 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La Diputación de Granada podrá declarar la convocatoria desierta.

Para el abono del premio será necesario que el/la ganador/a presente en la Diputación el modelo de alta a terceras personas. El pago del premio se realizará una vez que concluyan todos los trámites para su concesión. En ningún caso procederá el otorgamiento del premio objeto de la convocatoria, a favor de un/a participante que estuviese incurso/a en alguna de las causas que, conforme a la legislación española aplicable, le impida ser beneficiario/a de subvenciones.

 

9. Condiciones

Concurrir a este premio supone la plena aceptación de sus bases. El jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en la presente convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación, siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma.

La Diputación de Granada se reservará el derecho a la publicación de la obra ganadora en la colección ilustrada El Príncipe Preguntón y a la difusión y distribución del libro como parte de su catálogo, sin estar obligada al pago de derechos de autor a su propietario/a. El premiado/a cederá gratuitamente los derechos de explotación de la obra en favor de la Diputación de Granada. Esta cesión tendrá carácter de exclusividad y se realizará con la aceptación de las bases y su participación en la convocatoria.