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I Premio Internacional de Novela Jurídica 'Ilustre Colegio de Abogados de Granada'

 

BASES DEL I PREMIO INTERNACIONAL DE NOVELA JURÍDICA 
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE GRANADA

EDITORIAL ALMUZARA, con el patrocinio del ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE GRANADA (ICAGR), convoca el I Premio Internacional de Novela Jurídica, que se concederá de acuerdo con las siguientes:

BASES

1. Podrán optar al premio las novelas inéditas escritas en lengua española que versen sobre el mundo en que discurre la actividad de la Justicia, entendida en su sentido más amplio como actividad de los abogados, fiscales, jueces y magistrados, procuradores, catedráticos y profesores de Universidad de la disciplina del Derecho, autores doctrinales, forenses y Policía Judicial, desde la perspectiva, preferente, del sistema legal español, que ayuden al lector a profundizar en el conocimiento de estos ámbitos profesionales y sus respectivos modos de actuación, valores, proyección y trascendencia social, más especialmente en el marco del proceso y el juicio oral.

2. Los escritores que deseen optar al premio deberán remitir su obra:

a) A las oficinas de Editorial Almuzara,sitas en Parque Logístico de Córdoba, Ctra. Palma del Río, km. 4 C/ 8, Nave L2, Módulos 6 y 7, Buzón nº 3, 14005, Córdoba (España), por correo postal, haciendo constar que concurre al I Premio Internacional de Novela Jurídica. La presentación se hará del siguiente modo: un original impreso a doble cara y a doble espacio debidamente encuadernado, y un archivo Word o PDF grabado en un CD o pendrive. La extensión no será inferior a las 150 páginas ni superior a las 300, tamaño DIN A4 (210 x 297 mm). La novela irá firmada con el nombre y apellidos del autor, o bien con seudónimo, siendo indispensable en este último caso adjuntar un sobre cerrado o plica con sus datos personales. El plazo de admisión se abrirá el 1 de enero de 2022 y concluirá el 30 de junio del mismo año.

b) O a la sede del ICAGR, sita en Plaza de Santa Ana núm. 5, 18010, Granada (España), con iguales condiciones de remisión antes expresadas para remitir los ejemplares a Editorial Almuzara.

3. El Jurado, presidido por el Decano del ICAGR, estará integrado por un total de 9 miembros, de reconocido prestigio todos ellos y vinculados al ámbito jurídico o al literario y cultural. Su composición no se dará a conocer hasta tanto se haga público el fallo. Como secretario, con voz pero sin voto, ejercerá la personalidad que designe el ICAGR, que procurará que recaiga en un colegiado de reconocido prestigio en el mundo de la creación literaria.

4. El fallo del Jurado, que será inapelable, se dará a conocer durante el mes de octubre de 2022 con ocasión de la festividaddel Colegio de Abogados de Granada (Santa Teresa). La entrega del premio y presentación del libro ganador se realizará en una ceremonia-gala que tendrá lugar en Granada en dicho mes y a la que deberá asistir el autor galardonado.

5. El autor de la obra garantizará su autoría y la originalidad de la obra. No podrá presentarse obra alguna que concurra simultáneamente a otro premio, ni las de aquellos autores que hubiesen fallecido antes de hacerse pública la convocatoria.

6. La cuantía del premio será de NUEVE MIL EUROS (9.000 €) para la novela que, por unanimidad o mayoría, recabe más votos.La selección de las novelas finalistas correrá a cargo de la editorial y no se hará pública ninguna lista de participantes. El premio no podrá declararse desierto ni recaer en dos o más concursantes.

7. Toda novela presentada a concurso dentro del plazo antes citado lleva implícito el compromiso de no retirarla antes de hacerse público el fallo del jurado. Asimismo, el hecho de presentar una obra supone la aceptación por su autor de todas las condiciones del concurso.

8. El importe del premio lleva consigo el reconocimiento y aceptación por parte del autor al derecho en exclusiva de Editorial Almuzara de la explotación comercial de la novela mediante el subsiguiente contrato de edición, en el que la cuantía del galardón se considerará como anticipo de los derechos de autor e importe íntegro de las dos primeras ediciones. Almuzara se compromete a publicar la novela en un plazo máximo de tres meses desde la concesión y a efectuar una primera edición de un mínimo de 1.500 ejemplares y un máximo de 3.000, con las reimpresiones sucesivas que libremente decida el editor.

9. Los derechos reconocidos en estas Bases a Editorial Almuzara comprenderán todas las modalidades de edición de la novela, incluyendo, a título meramente indicativo, tapa dura, rústica, bolsillo, club, e-book, audiolibro, etc., así como el derecho para la adaptación de la obra a las distintas modalidades audiovisuales, sin perjuicio de aplicar en cada caso y cuando procedieran, según lo anteriormente indicado, contraprestaciones porcentuales distintas según la modalidad de que se trate, de acuerdo con las prácticas del sector y estableciendo a tal efecto las estipulaciones correspondientes en el contrato pertinente. Asimismo, Editorial Almuzara se reserva los derechos de traducción para la publicación de la obra en todos los idiomas del mundo. Para cualesquiera otros aspectos no especificados en estas Bases, el autor viene obligado a firmar el contrato adecuándose a las normas que para los contratos de edición tenga en vigor en ese momento la editorial, en el cual se reconocerá la cesión en exclusiva de los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la obra en favor de Editorial Almuzara.

10. La Editorial Almuzara o el ICAGR no mantendrán correspondencia con los autores que se presenten al premio, ni facilitará información sobre clasificación y/o valoración de las obras.

11. El ganador autoriza la utilización de su nombre e imagen con fines publicitarios y se compromete a participar personalmente en la presentación y promoción de su obra en aquellos actos que la editorial considere adecuados a tal fin.

12. Una vez adjudicado el premio, los originales no galardonados serán destruidos.

13. La participación en este premio implica la plena y total aceptación, sin reserva alguna, de las presentes Bases. Para cualquier diferencia que hubiere de ser dirimida por vía judicial, las partes renuncian al propio fuero y se someten expresamente a los juzgados y tribunales de Granada.