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Premios Literarios Fiestas de Ntra. Sra. de las Mercedes 2026


1.- FUNDAMENTACIÓN

El Ayuntamiento de Pozoblanco, con motivo de la Feria y Fiestas de Ntra. Sra. de las Mercedes, establece las siguientes bases que regulan la participación en los Premios Literarios 2026 que convoca la Concejalía de la Biblioteca Pública Municipal, del Ayuntamiento de Pozoblanco.

2.– OBJETIVO Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN

La finalidad de este premio es promover la creación literaria a nivel nacional y fomentar la cultura.

3.- COMUNES A LOS CERTÁMENES CONVOCADOS

3.1.1. Requisitos de los participantes.
Originalidad: Las obras deben ser originales, inéditas, escritas en español y no haber sido premiadas en otros certámenes.
Exclusiones: No podrán participar ganadores de ediciones anteriores de la misma categoría y modalidad.
Legalidad: Los autores declaran, con responsabilidad, cumplir con los requisitos de la Ley 38/2003 de subvenciones y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, autorizando expresamente la consulta de estos datos al Ayuntamiento de Pozoblanco.
Acreditación: Para el cobro de los premios, los beneficiarios deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no ser deudores del Ayuntamiento de Pozoblanco por cualquier concepto, de conformidad con el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
 
Control de autoría e Inteligencia Artificial: Las obras deberán ser fruto íntegro de la creación humana. No se admitirán relatos o poemas generados total o parcialmente mediante herramientas de IA generativa. El Ayuntamiento se reserva el derecho de utilizar software de detección y, en caso de indicios de uso de IA, el Jurado podrá descalificar la obra de forma automática sin derecho a reclamación. La participación implica la aceptación de este sistema de verificación.

3.1.2. Derechos y Asistencia.
3.1.2.1. Los autores de las obras premiadas renuncian en favor del Ayuntamiento a cualquier derecho de las mismas, pudiendo esta administración disponer libremente de ellas y publicarlas o difundirlas en cualquier soporte, por una solo vez.
3.1.2.2. Los trabajos no premiados pueden ser retirados en el plazo de un mes después del fallo. El Ayuntamiento no remitirá los trabajos no premiados a sus autores y serán destruidos.
3.1.2.3. El ganador deberá asistir, obligatoriamente, al acto de entrega que se organice para tal fin.

3.1.3. Formato de presentación

Todos los trabajos se presentarán a doble espacio, con tipografía equivalente a Arial 12, por una sola cara. Solo se admitirá una obra por autor en cada categoría. Los trabajos vendrán en español.

3.1.3.1. 44º PREMIO DE NARRATIVA "ANTONIO PORRAS"

Extensión: Máximo 25 folios.
Tema: La temática será libre.
Presentación: Los trabajos se presentarán por cuadruplicado.
Premio: 1.700 € y placa.
Los premios en metálico estarán sujetos a la legislación fiscal vigente, practicándose sobre los mismos la retenciones de IRPF que correspondan de acuerdo con la normativa tributaria en el momento del abono.

3.1.3.2 44º PREMIO DE POESÍA "HILARIO ÁNGEL CALERO"

Extensión: Máximo 100 versos.
Tema: Los poemarios o el poema se limitarán a un sólo tema. Presentación: Los trabajos se presentarán por cuadruplicado. Premio: 1.700 € y placa.
Los premios en metálico estarán sujetos a la legislación fiscal vigente, practicándose sobre los mismos la retenciones de IRPF que correspondan de acuerdo con la normativa tributaria en el momento del abono.

3.1.3.3. 35º PREMIO JUVENIL DE CREACIÓN LITERARIA

Edad: De 15 a 19 años. Extensión: Máximo 15 folios. Tema: La temática será libre.
Presentación: Los trabajos se presentarán por triplicado.
Premio: 1.000 € y placa.
Los premios en metálico estarán sujetos a la legislación fiscal vigente, practicándose sobre los mismos la retenciones de IRPF que correspondan de acuerdo con la normativa tributaria en el momento del abono.

4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN
Los trabajos podrán presentarse hasta el 30 de junio de 2026, a las 14h. No se admitirán obras, cuya fecha de envío/matasellos sea posterior al 30 de junio.

5.- LUGAR DE PRESENTACIÓN
Las obras se remitirán a la Biblioteca Pública Municipal, calle Peatonal Pío Baroja, n.º 22. 14400 Pozoblanco (Córdoba-España).

6.- FORMATO Y SISTEMA DE PLICA

Se utilizará estrictamente el sistema de plica para garantizar el anonimato. El trabajo se presentará sin firma, identificado únicamente con un lema y título. Se adjuntará un sobre aparte cerrado que llevará, en su exterior, el mismo lema y título, y en su interior se incluirá la siguiente documentación:
•    Instancia normalizada (modelo Anexo I).
•    Fotocopia del DNI del participante.
•    Certificado de la cuenta bancaria para efectuar, en su caso, el ingreso de la subvención concedida con indicación del código IBAN y BIC.

No se admitirán envíos de trabajos por correo electrónico.

Tanto las bases como el anexo I se podrán descargar de la WEB del Ayuntamiento: https: // www.pozoblanco.es/.

Para cualquier duda, pueden contactar con Biblioteca Pública Municipal:
- Teléfonos: 957 770 921
- Correo electrónico: biblioteca@pozoblanco.es

7.- PRESUPUESTO

La cuantía económica total de la presente Convocatoria de Subvenciones será de 4.400 euros, importe total consignado en la partida presupuestaria 332122608, según el presupuesto aprobado para el año 2026 tal y como establece el artículo 12 de la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco.

8.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

Las solicitudes que cumplan los requisitos previstos en estas bases serán valoradas conforme a los siguientes criterios:

•    Calidad literaria y estilo
•    Estructura y temática narrativa
•    Construcción de personajes
•    Creatividad e originalidad
•    Profundidad temática

9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

La concesión de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva, tal y como establece el artículo 11.1 de la Ordenanza general regularizadora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Pozoblanco.

Las ayudas se concederán según la valoración realizada conforme a los criterios establecidos en la base octava.

10.- ÓRGANOS DE INSTRUCCIÓN, VALORACIÓN, RESOLUCIÓN Y CONCESIÓN

La competencia para la Instrucción del procedimiento corresponderá al un Jurado Técnico compuesto por personas relacionadas con el mundo literario, ya que al ser una convocatoria de naturaleza estrictamente artística y literaria, no será necesario la convocatoria de una Mesa de Instrucción.
El Jurado Técnico valorará las obras presentadas, levantará acta de dichas valoraciones y formulará la propuesta de adjudicación del premio.

La composición del jurado se hará pública tras el fallo, el cual tendrá carácter irrevocable.
El jurado podrá, si lo estimara oportuno, declarar el premio desierto, conceder algún accésit o concederlo ex-aequo.

La resolución definitiva de la convocatoria será mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local.

11.- JUSTIFICACIÓN

De acuerdo con lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la justificación de la concesión del premio se entenderá efectuada por la propia naturaleza del mismo y la concurrencia de la situación de ganador/a según el acta del jurado.
El pago del premio se tramitará previa firma, por parte de la persona beneficiaria, de un documento de aceptación y recibí de la dotación económica. Asimismo, el abono quedará condicionado a que el ganador/a se halle al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

12.- ÁMBITO NORMATIVO

La ayuda se regirá, por las presentes Bases y por la siguiente normativa: 
•    Constitución Española de 29 de diciembre de 1978.
•    Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
•    Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
•    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
•    Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 245 el 27 de diciembre del 2013.
•    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
•    Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
•    Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
•    Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
•    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
•    Ley 1/2014 de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
•    Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
•    Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
•    Ley 5/2021 de 11 de junio de Autonomía Local de la Junta de Andalucía.

13.- RÉGIMEN FISCAL DE AYUDAS

El premio concedido en la presente convocatoria atenderán a lo establecido en el Ley 35/2006 , de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residente y sobre el Patrimonio.

14.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

El hecho de participar implica la aceptación íntegra de las presentes bases.

15.- PROTECCIÓN DE DATOS

El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la normativa de protección de datos personales, siendo tales datos tratados con la finalidad indicada y respetando las distintas publicaciones o anuncios que tengan lugar los criterios adoptados por las autoridades de control para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la LOPD.
El Responsable y encargado del tratamiento es el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, sito en la Calle Cronista Sepúlveda, 2 , 14400 Pozoblanco (Córdoba), siendo también el único destinatario de la información aportada voluntariamente.

Los Derechos que se pueden ejercer son los de: acceso, rectificación, supresión, portabilidad de los datos, así como de limitación y oposición a su tratamiento en la dirección: Calle Cronista Sepúlveda, 2, 14400 Pozoblanco (Córdoba) o en el email: ayuntamiento@pozoblanco.es o protecciondedatos@dipucordoba.es , D. David Miguel Yubero Rey.