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XI Premio de Narrativa Juvenil Corpus Barga

XI Premio de Narrativa Juvenil Corpus Barga

BASES

Primera.- Podrán presentarse a este concurso narradores de cualquier nacionalidad, que no superen la edad de 25 años en la fecha que finalice el plazo de presentación de los trabajos. Los trabajos deberán presentarse en castellano.

Segunda.- Se establece un premio de TRES MIL EUROS (3.000,00 euros), cantidad que se imputará a la aplicación 550.3341.48102 del presupuesto para el ejercicio 2012. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio tendrá la consideración de anticipo de la remuneración proporcional del autor, de acuerdo con el artículo 46.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos de explotación a los que se refiere la Base Undécima.

Tercera.- El premio se otorgará a una obra divulgativa inédita de temática libre. El trabajo se escribirá por uno o varios autores y deberá tener una extensión mínima de 75 páginas y máxima de 100 páginas.

Cuarta.- Los originales se presentarán, inexcusablemente, por quintuplicado, mecanografiados, en papel tamaño DIN A-4, con tipo de letra Times New Roman, cuerpo 12 e interlineado 1,5, a dos espacios solo por el anverso, debidamente encuadernados.

Quinta.- Los trabajos se entregarán sin firmar y sin identificación alguna. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección, se incluirá fotocopia del D.N.I. y teléfono del autor. En el exterior del sobre se indicará título del trabajo y lema, incluyéndose una declaración jurada de no tener comprometidos los derechos de la obra y de no estar pendiente de resolución en otro concurso.

Sexta.- El lugar de presentación será el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15) de lunes a viernes en horario de 9.00 a 13.30 horas y los sábados de 10.00 a 13.30 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y concluirá el 10 de septiembre de 2012.
Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores serán excluidos definitivamente de la Convocatoria.
Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará durante el plazo de 10 días, en el Tablón de Edictos de la Diputación, relación de trabajos presentados por título y lema.

Séptima.- El Jurado estará presidido por el Sr. Diputado-Delegado de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable. Del mismo formará parte, con carácter honorífico, el/la Presidente/a de la Mancomunidad de Municipios de los Pedroches. Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto el Jefe de Departamento de la Delegación de Cultura.
Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión integrada por personas especializadas con el objeto de llevar a cabo una preselección de los mismos. Esta Comisión será designada por el Sr. Diputado Delegado de Cultura.
El Jurado y la correspondiente Comisión se encargarán de dirimir cualquier controversia sobre la plena adecuación de las obras al género, temática y periodo a los que se refiere la Base Tercera.

Octava.- Se leerán todos los trabajos presentados que reúnan los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos, por lo que podrá declararse desierto el premio.

Novena.- A la vista del fallo del Jurado, el instructor del expediente formulará propuesta, indicando expresamente todas las obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y expresará el autor para el que se propone la concesión del Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

Décima.- La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.

Undécima.- Los derechos de la obra ganadora quedaran en propiedad de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición, procediéndose a su publicación durante el ejercicio 2013, y haciéndose constar en la publicación que se trata del XI Premio de Ensayo Corpus Barga correspondiente al año 2012. Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una Editorial especializada.

Duodécima.- Los trabajos no premiados se podrán retirar de la Diputación de Córdoba en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la resolución, y previa presentación del recibo extendido por el Registro General o del justificante del Certificado de Correos. Pasado este plazo serán destruidos sin posibilidad de reclamación.

Decimotercera.- Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto del Diputado Delegado de Cultura, por delegación de la Presidencia de la Corporación.

Decimocuarta.- El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento es de seis meses, computados a partir de la finalización del plazo de presentación de trabajos.

Decimoquinta.- El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás disposiciones administrativas que resulten de aplicación.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose saber que contra la anterior resolución que, según lo dispuesto en el art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante este Diputado Delegado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP, tal y como dispone el art. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el art. 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el BOP del presente anuncio, tal y como establece el art. 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.